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Las 3 preguntas sobre el CETA que más se hace la gente (y su respuesta)

CETA, Acuerdo de Libre Comercio con Canadá
FUENTE FOTO: @JUNCKEREU

 

SIGUEN EXISTIENDO MUCHAS DUDAS SOBRE EL CETA

La pasada semana expliqué mis argumentos por los que defiendo el CETA. Muchos seguidores siguen teniendo dudas, por lo que he decidido usar directamente el texto del Tratado para que comprueben ellos mismos que sus temores son infundados.

1ª DUDA: EL CETA Y LAS MULTINACIONALES

¿Podrán las multinacionales evitar las leyes nacionales y privatizar los servicios públicos con el Tratado de Libre Comercio con Canadá (CETA)?

El texto oficial lo deja muy claro:

El AECG (CETA en inglés) conserva la capacidad de la Unión Europea y sus Estados miembros y de Canadá para adoptar y aplicar sus propias leyes y reglamentos que regulan la actividad económica en aras del interés público, a fin de lograr objetivos legítimos de política pública como la protección y promoción de la salud pública, los servicios sociales, la educación pública, la seguridad, el medio ambiente, la moral pública, la protección social o de los consumidores, la privacidad y la protección de datos, y la promoción y protección de la diversidad cultural (..)

 

2ª DUDA: EL CETA Y LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES

¿Entran en riesgo los derechos laborales de los trabajadores con el CETA?

El texto oficial vuelve a dejarlo muy claro:

  1. El AECG (CETA) compromete a Canadá y a la Unión Europea y sus Estados miembros a mejorar su legislación y sus políticas con el objetivo de proporcionar niveles elevados de protección laboral. El AECG dispone que no pueden flexibilizar sus leyes laborales con objeto de estimular el comercio o de atraer las inversiones y, en caso de que se viole este compromiso, los gobiernos pueden solucionar tales violaciones con independencia de si estas afectan negativamente a la inversión o a las expectativas de beneficios del inversor. Asimismo, tampoco modifica el AECG los derechos de los trabajadores a negociar, celebrar o ejecutar acuerdos colectivos ni a emprender acciones colectivas. 
  2. El AECG (CETA) compromete a la Unión Europea y a sus Estados miembros y Canadá a ratificar y aplicar con eficacia los convenios fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Canadá ha ratificado siete de los convenios fundamentales y ha iniciado el proceso para ratificar el convenio restante (Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949 (C98) (…)

 

3ª DUDA: EL CETA Y LA FALTA DE TRANSPARENCIA

La Unión Europea y Canadá acuerdan cooperar en los organismos internacionales para fomentar la transparencia en el comercio y la inversión internacionales:

  1. Cada Parte garantizará que sus leyes, reglamentos, procedimientos y disposiciones administrativas de aplicación general en relación con cualquier cuestión cubierta por el presente Acuerdo se publiquen sin demora o se pongan a disposición de tal manera que las personas interesadas y la otra Parte puedan familiarizarse con ellos.
  2. En la medida de lo posible, cada Parte:

a) publicará por adelantado las medidas de ese tipo cuya adopción proponga; y

b) dará a las personas interesadas y a la otra Parte una oportunidad razonable de formular observaciones sobre dichas medidas propuestas.

 

De todas formas, tú puedes acceder a toda la información sobre el CETA en el siguiente enlace: http://ec.europa.eu/trade/policy/in-focus/ceta/ceta-chapter-by-chapter/index_es.htm.

Seguimos.


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